El Asesinato del Capitán de Corbeta Rafael Acosta Arévalo - Coffee Secrets
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El Asesinato del Capitán de Corbeta Rafael Acosta Arévalo

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El Asesinato del Capitán de Corbeta Rafael Acosta Arévalo por Rodulfo González

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El Asesinato del Capitán de Corbeta Rafael Acosta Arévalo por Rodulfo González

Aunque en Venezuela existe desde el 22 de julio de 2013 una Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, hasta el 30 de enero de 2020 los cuerpos de represión de la narcodictadura de Nicolás Maduro torturaron hasta producir su muerte a 72 prisioneros. En septiembre esa cifra debe haber ascendido, a pesar de los informes de la Alta Comisionada de la ONU, Michelle Bachelet, quien en su exposición sobre la marcha de los derechos humanos hecha en el 45 período de sesiones del Consejo de DD.HH, que realizó el 16 de ese mes manifestó su preocupación por los “altos números” de muertes de jóvenes en barrios marginados como resultado de operativos de seguridad y señaló que basado en un análisis de fuentes abiertas de su oficina en el país se registró 711 muertes de julio agosto de 2020 y desde enero hasta esa fecha, 2000.

Cabe advertir que, en el referido informe de la Misión Internacional Independiente de las Naciones Unidas de determinación de los hechos sobre Venezuela, se detallan once casos en los que la misión llega a la misma conclusión: que tiene “motivos razonables para creer que se cometieron ejecuciones extrajudiciales”, principalmente en manos de la FAES, una fuerza policial que recomienda desmantelar “dado el alto número de ejecuciones extrajudiciales realizadas”.

Irónicamente bajo este ignominioso régimen se aprobó esa ley, que hasta 2020 no se ha aplicado debido a la negligencia criminal de la Fiscalía General de la República y la Defensoría del Pueblo que no la han invocado ni siquiera en casos como el del Capitán de Fragata Rafael Ramón Acosta Arévalo, asesinado por funcionarios de la siniestra Dirección General de Contra Inteligencia Militar, que fue denunciado ante la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional, a los cuales se les juzgó por una ley ordinaria.

Al respecto, la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, sanciona con pena de hasta de 25 años a quien incurra en esta conducta.

Para obviar la cadena de mando los tribunales han aplicado en casos de esa naturaleza debidamente comprobados, como los asesinatos por tortura del concejal Fernando Albán, que el régimen calificó de suicidio, y el del Capitán de Corbeta Rafael Acosta Arévalo torturado hasta la muerte por funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar. A los presuntos culpables se les aplicó el Código Penal.

Sin embargo, el informe presentado por la Alta Comisionada de la ONU, Michelle Bachelet, identificó como responsables de la violación de los derechos humanos de prisioneros y manifestantes al narcodictador Nicolás Maduro, sus ministros de Defensa, Vladimir Padrino López, y del Interior y Justicia, Néstor Reverol y a los directores y jefes de los cuerpos represivos.

NOTA: Al adquirir los libros en nuestra tienda obtiene ENVIO GRATIS en aquellos países donde funcione AMAZON, su compra es importante ya que parte de la ganancia es usada para ayudar a decenas de familias que padecen la Crisis Humanitaria en Venezuela, y al mismo tiempo está colaborando con la difusión de la verdad acerca de los Crímenes de Lesa Humanidad y violación de Derechos Humanos, que sufren a diario los venezolanos y que son opacados por el aparato propagandístico de la mal llamada “revolución”.

Acosta Arevalo, Venezuela, Crimen de Lesa Humanidad, Alexander Gramko Ortega, Alfredo Ruiz Angulo, Asdrubal Brito Hernandez, Capitan Acosta Arevalo, Capitan de Corbeta Rafael Acosta, Derechos Humanos, Diosdado Cabello, General Gonzalez Lopez, Gustavo Gonzalez Lopez, Hannover Guerrero, Nestor Reverol, Nicolas Maduro, Rafael Franco Quintero, SEBIN, Tarek William Saab,

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El Asesinato del Capitán de Corbeta Rafael Acosta Arévalo por Rodulfo González

Aunque en Venezuela existe desde el 22 de julio de 2013 una Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, hasta el 30 de enero de 2020 los cuerpos de represión de la narcodictadura de Nicolás Maduro torturaron hasta producir su muerte a 72 prisioneros. En septiembre esa cifra debe haber ascendido, a pesar de los informes de la Alta Comisionada de la ONU, Michelle Bachelet, quien en su exposición sobre la marcha de los derechos humanos hecha en el 45 período de sesiones del Consejo de DD.HH, que realizó el 16 de ese mes manifestó su preocupación por los “altos números” de muertes de jóvenes en barrios marginados como resultado de operativos de seguridad y señaló que basado en un análisis de fuentes abiertas de su oficina en el país se registró 711 muertes de julio agosto de 2020 y desde enero hasta esa fecha, 2000.

Cabe advertir que, en el referido informe de la Misión Internacional Independiente de las Naciones Unidas de determinación de los hechos sobre Venezuela, se detallan once casos en los que la misión llega a la misma conclusión: que tiene “motivos razonables para creer que se cometieron ejecuciones extrajudiciales”, principalmente en manos de la FAES, una fuerza policial que recomienda desmantelar “dado el alto número de ejecuciones extrajudiciales realizadas”.

Irónicamente bajo este ignominioso régimen se aprobó esa ley, que hasta 2020 no se ha aplicado debido a la negligencia criminal de la Fiscalía General de la República y la Defensoría del Pueblo que no la han invocado ni siquiera en casos como el del Capitán de Fragata Rafael Ramón Acosta Arévalo, asesinado por funcionarios de la siniestra Dirección General de Contra Inteligencia Militar, que fue denunciado ante la Organización de las Naciones Unidas y la Corte Penal Internacional, a los cuales se les juzgó por una ley ordinaria.

Al respecto, la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, sanciona con pena de hasta de 25 años a quien incurra en esta conducta.

Para obviar la cadena de mando los tribunales han aplicado en casos de esa naturaleza debidamente comprobados, como los asesinatos por tortura del concejal Fernando Albán, que el régimen calificó de suicidio, y el del Capitán de Corbeta Rafael Acosta Arévalo torturado hasta la muerte por funcionarios de la Dirección General de Contrainteligencia Militar. A los presuntos culpables se les aplicó el Código Penal.

Sin embargo, el informe presentado por la Alta Comisionada de la ONU, Michelle Bachelet, identificó como responsables de la violación de los derechos humanos de prisioneros y manifestantes al narcodictador Nicolás Maduro, sus ministros de Defensa, Vladimir Padrino López, y del Interior y Justicia, Néstor Reverol y a los directores y jefes de los cuerpos represivos.

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  • El 27 de junio de 2017, luego de tres meses de protestas antigubernamentales en las cuales los órganos represivos de la narco dictadura asesinaron a 93 manifestantes, Óscar Pérez, Inspector del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, lanzó un ataque desde el helicóptero que tripulaba contra las sedes del Tribunal Supremo de Justicia y el Ministerio del Interior, Justicia y Paz, sin herir ni matar a nadie. Una operación limpia para mostrar su descontento contra un régimen usurpador y forajido que no respeta la Constitución y ha sumido a los venezolanos, adrede, en la peor crisis humanitaria de toda la historia del país, incluyendo la etapa colonial, la guerra de independencia y las intestinas, una vez alcanzada ésta.

    Producto de esa crisis son la diáspora, sin estar en un conflicto bélico convencional, fenómeno desconocido en Venezuela hasta la llegada del socialismo del siglo XXI, la demolición del signo monetario y del salario, la reaparición de enfermedades que ya habían sido erradicadas, como la difteria, la malaria y la tuberculosis, el deterioro de los servicios de salud y educación, la escasez de medicamentos y productos alimenticios, etc.

    Venezuela fue el primer país del mundo en eliminar la pena de muerte, mediante un decreto emitido por el presidente de la República Juan Crisóstomo Falcón en 1863 y recogido en la Constitución de 1864 y las siguientes, incluida la de diciembre de 1999, cuyo artículo 350 fue invocado por el funcionario policial para rebelarse contra el usurpador.

    Pues bien, Nicolás Maduro, quien no ha podido demostrar su ciudadanía venezolana, contrariando la Constitución que también firmó, decretó la muerte de Pérez, para él y los miembros de su Equipo considerado “terrorista” y “fascista”, pero para los sectores democráticos del país y del mundo, un Héroe, un Mártir, un Idealista que en aras de del bienestar colectivo y las libertades ciudadanas, fue capaz de sacrificar su carrera profesional, su familia y su propia vida.

    Las órdenes, que no debieron cumplirse por arbitrarias y fuera de la ley, las emitió el usurpador tanto el 27 de junio, fecha de la rebelión, como en el desarrollo de la Operación Gedeón el 15 de enero de 2018 que tuvo como fatal desenlace, con el uso desmesurado de armas bélicas prohibidas universalmente para tales eventos, el asesinato de Pérez y los luchadores que lo acompañaban.

    No mintió el entonces mayor Rafael Bastardo Mendoza, que hizo honor a su apellido el día del asesinato, cuando en las conversaciones que sostuvo con éste afirmó que la orden que tenía era matarlo.

    Antes y durante los eventos trágicos de ese día Maduro había ordenado en cadena nacional de radio y televisión “echarle plomo parejo, compadre” a todo el que se alzara contra su gobierno. Fue un hecho público y notorio esa orden anticonstitucional, porque en Venezuela, al menos teóricamente, no existe la pena de muerte,

    Fue un crimen cometido ante las miradas estupefactas de venezolanos y extranjeros, repudiado por personalidades, instituciones de defensa de los derechos humanos, medios de comunicación social, gente del pueblo, el parlamento nacional, los partidos políticos democráticos y gremios.

    Ese día, conocido como la Masacre de El Junquito, la narco dictadura asesinó a un Inspector del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, con una hoja de servicio impecable, que la propaganda oficialista calificó de terrorista, entró por la puerta grande de la historia política contemporánea un mártir, un soldado del pueblo, un héroe popular que sacrificó su vida en aras de la democracia venezolana.

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  • El artículo 53 de la Carta Magna que garantiza el derecho a protestar pacíficamente y sin permiso previo ha sido letra muerte durante la gestión del narco dictador Nicolás Maduro y,

    [caption id="attachment_13251" align="alignright" width="252"]Los Ojos apagados de Rufo por Rodulfo Gonzalez Los Ojos apagados de Rufo por Rodulfo Gonzalez[/caption]

    por lo tanto, sus cuerpos oficiales de represión, que no de seguridad, como lo establece la ley, y los círculos del terror, han dejado una estela de muerte y lesiones graves en los ojos, el rostro espalda, manos, piernas, pecho, etc. durante las manifestaciones cívicas que en apego a la Constitución de la República ha desarrollado la ciudadanía para protestar por la falta de libertad, la debilitada calidad de vida, la escasez de alimentos y medicina y los ineficaces servicios públicos. La barbarie represiva, la impunidad, el despido laboral, carencia de gas y agua, etc.

    Pero una cosa es lo que estable la Constitución en materia de manifestaciones y otra totalmente distinta, que niega ese de derecho, es la actuación de los órganos represivos de la narco dictadura, incluidos los siniestros colectivos, al satanizarlas y penetrarlas para provocar la violencia y actuar en consecuencia, con saldos generalmente trágicos que la Defensoría del Pueblo, menos todavía la ilegítima Fiscalía General de la República, investigan a los fines de aplicar las sanciones correspondientes.

    En la tarde del trágico 1 de julio de 2019 el adolescente Rufo Chacón Parada, en compañía de su madre, un hermano y vecinos de la localidad de Táriba, Estado Táchira, manifestaba pacíficamente para que el régimen le suministrara el gas que se requería para cocinar los alimentos, con las únicas armas de su voz y la bombona vacía, que los funcionarios de la Policía del Estado Táchira consideraron letales y por lo tanto procedieron a agredirlo a quemarropa sobre su rostro con 52 disparos de perdigones privándolo de la visión.

    El Internet se encargó de denunciar ante el mundo la terrible agresión policial contra un adolescente de 16 años, que ya había culminado sus estudios secundarios y se preparaba para obtener el respectivo título de bachiller para cursar la carrera de ingeniería de sistemas.

    Las redes sociales se ocuparon igualmente de promover la búsqueda de solidaridad para Rufo y de que el caso no quedara impune como muchos otros cometidos por funcionarios de la narco dictadura con la complicidad criminal de la ilegítima Fiscalía General de la República, uno de los brazos legales del régimen para invisibilizar las tropelías oficiales contra los derechos humanos en todas sus modalidades.

    Los autores materiales de la agresión fueron identificados como Javier Blanco y Henry Ramírez quienes también son señalados de golpear a otra adolescente de catorce años que también participaba en la manifestación.

    Adriana Parada, la madre de Chacón, denunció que el 12 de julio, cuando asistió a los tribunales para llevar a cabo la prueba anticipada necesaria para la investigación, conoció que los funcionarios detenidos ya no se encontraban bajo la custodia del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), sino que se encontraban a cargo de Politáchira, el cuerpo al que pertenecían, gozando de protección y trasladados de manera ilegal sin orden del tribunal.

    Como autores intelectuales de esta salvaje agresión hemos identificado al narcodictador Nicolás Maduro, el narcogeneral Néstor Reverol, ministro del Interior, Justicia y Paz, ambos funcionarios solicitados internacionalmente por la justicia norteamericana desde el 26 de marzo de 2020.

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  • El Asesinato de Fernando Alban por Rodulfo Gonzalez

    [caption id="attachment_16659" align="alignright" width="210"]El Asesinato de Fernando Alban por Rodulfo González El Asesinato de Fernando Alban por Rodulfo González[/caption]

    El asesinato del concejal, por el Municipio Libertador, Fernando Albán, ocurrido el 8 de octubre de 2018, fue la segunda víctima de una trilogía de crímenes de lesa humanidad cometidos por la narcodictadura de Nicolás Maduro, que tuvieron relevancia nacional e internacional, la cual comenzó el 15 de enero de 2018 con el asesinato del inspector del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Óscar Pérez, durante la siniestra Masacre de El Junquito, que ya estudié y publiqué y, finalmente, el crimen del capitán de navío Rafael Acosta Arévalo.

    Los dos últimos asesinatos tienen en común que sus muertes fueron productos de salvajes torturas nunca conocidas en Venezuela y a los autores materiales se les aplicó, al juzgarlos, el Código Penal y no La Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes surgida del seno de la Asamblea Nacional presidida por Diosdado Cabello el 4 de julio de 2013, con vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial de fecha 22 del mismo mes y año.

    Por fortuna esos delitos no prescriben y llegará el momento de la aplicación justa de la ley, aunque la ineficiente Corte Penal Internacional no ha atendido las múltiples que contra la narcodictadura de Nicolás Maduro por crímenes de lesa humanidad han formulado ante ese tribunal instituciones nacionales y multilaterales. Tampoco la instancia pertinente de la Organización de Naciones Unidas, a cuyos representantes en el país se les ha acusado de incumplir sus funciones y de habituales visitas al palacio de Miraflores.

    Para el fiscal general de la narcodictadura, Tarek William Saab, la muerte del concejal Fernando Albán tuvo como causal el suicidio, tesis que esgrimió sin haberse realizado una investigación independiente, pero para familiares, copartidarios, especialistas y el ex director del temible Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) general Manuel Ricardo Cristopher Figuera, se trató de un asesinato, al ser arrojado su cuerpo al vacío desde uno de los pisos de la sede de ese cuerpo represivo en la plaza Venezuela, de Caracas.

    La ausencia del mal llamado defensor del pueblo, Alfredo Ruiz Angulo, como en todos los casos de violación de derechos humanos de los prisioneros políticos de la narcodictadura ventilados públicamente, fue notoria, lo cual no es de extrañar, porque esa ha sido la conducta adoptada por sus antecesores en el cargo, otro apéndice más del régimen.

    Luego de su detención, el 5 de octubre de 2018, apenas vivió tres días. Muerte rápida.

    Es el propósito de esta monografía visibilizar para la lectoría la mayor parte de los datos que sobre ese caso yacen almacenados en diferentes espacios virtuales de la Web.

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